El Boletín Oficial del Estado del día 5 de febrero publica el Real Decreto 231/2020 que fija el Salario Mínimo Interprofesional para este año.

Tras la subida del 22’3% del pasado año, en este ejercicio la nueva cuantía representa un incremento del 5’56% respecto a 2019, quedando fijado en 31’66 euros/día o 950 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.

Además, es importante tener en cuenta que esta revisión del SMI no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo los trabajadores cuando tales salarios en su conjunto y en cómputo anual fuesen superiores a dicho salario mínimo.

Estas percepciones son compensables con los ingresos que por todos los conceptos viniesen percibiendo los trabajadores en cómputo anual y jornada completa.

Finalmente, indicar que esta norma tiene efectos retroactivos a 1 de enero.

Podéis acceder al Real Decreto en el siguiente ENLACE